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viernes, 27 de noviembre de 2015

Situación que subvertiría la institucionalidad

Ilustración tomada de la versión digital del diario La Nación del día  25 de noviembre de 2015, cuyo epígrafe dice “Ruiz Guiñazú, Lorenzetti, Canaletti, Fontevecchia y Morales Solá, ayer, en el brindis de fin de año de la Corte. Foto: DyN”




Si nos lo permiten los lectores interesados en las cuestiones latinoamericanas y caribeñas, pienso que todos quienes incursionan en Ansina es… –más allá de que muchos ingresos desde EE. UU. pueden ser sospechados de espionaje, burdo, pero espionaje al fin–, lectores todos interesados en las encrucijadas políticas, riesgos y tristezas del mundo, recomiendo sigan atentamente las designaciones anunciadas para la composición del gabinete de ministros y otros jerarcas gubernamentales argentinos. Una fuente seria es el diario Página/12: http://www.pagina12.com.ar/

Sigan atentamente los antecedentes (son estos más confiables que los currículos que ellos mismos o sus amigos publican) de las personas elegidas, y sus manifestaciones de ahora y de antes de ahora. Presten atención también a que en los últimos años hubo un notable protagonismo de ciertos medios de comunicación y construcción de consensos sociales que por lo menos son co-autores del acotado triunfo electoral de los próximos gobernantes, como también lo han tenido organismos y personas integrantes del aparato judicial.

Por caso la llamada corte suprema –que sobre sus históricas espaldas carga la mácula de nunca (nunca) haber declarado inconstitucional a ninguna de las tantas dictaduras empresario-cívico-militares sucedidas en Argentina–, corte que no (no) funcionaría legalmente desde enero de 2015. Perfeccionamos lo dicho: funcionaría no conforme a la ley, es decir, sus resoluciones no serían legalmente válidas.

Los hechos concretos

La Ley 26.183 del año 2006 (aprobada por ambas cámaras del Congreso Nacional) fijó en cinco el número de jueces que debían componer al que se conoce como máximo tribunal. Por aquel entonces la corte tenía siete miembros (los datos que se dan a continuación, de supervivencia y edad, corresponden a finales de 2014): Ricardo Lorenzetti (presidente, 60 años de edad), Elena Highton de Nolasco (73), Carlos S. Fayt (97), Enrique Petracchi (fallecido), Carmen María Argibay (fallecida), Juan Carlos Maqueda (65) y Eugenio Zaffaroni (renunciado). Argibay fallece el 10 de mayo de 2014, y Petracchi el 12 de octubre de ese mismo año; es decir que desde ese mes y año la corte estaba compuesta por el número mínimo de miembros: funcionaba legalmente. Eugenio Zaffaroni, con anterioridad a esos decesos, había ya anunciado que no ejercería la magistratura en ese ámbito cumplidos los setenta y cinco años de edad, y como los cumplía el 7 de enero de 2015 renunció en diciembre de 2014.

Recientemente, por ejemplo cuando se declaró la “inconstitucionalidad” de la ley que habilitaba la retención de 15 % a favor de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES, el organismo que paga jubilaciones, pensiones y otros beneficios sociales) de la coparticipación dineraria federal a las provincias, votaron de consuno Lorenzetti, Maqueda y el nonagenario Fayt, con la solitaria abstención de Highton de Nolasco.

Desde el mismo inicio de 2015, dado que legisladores que conforman las coaliciones autodenominadas de oposición (y de las cuales una ahora resultó gobernante electa de Argentina) durante todo el año se opusieron  a completar el número de miembros que exige la ley pese a las propuestas hechas por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, y que el nombramiento de tales altos jueces requiere la aprobación del Senado de la Nación con el voto de dos tercios de sus integrantes presentes, este grupo que en la actualidad dice tener atribuciones constitucionales estaría actuando ilegalmente. Tal situación, de ser así, cosa sobre la que es necesario se manifiesten juristas de probada idoneidad, subvertiría la institucionalidad tanto como lo hicieron aquellas dictaduras que atropellaron contra la Constitución Nacional en 1930, 1944, 1955, 1966 y 1976.

Y esto sucedería no solamente subvirtiéndola en el propio país sino de manera continental, esencialmente como lo hizo en la década de 1970 aquel fatídico Plan Cóndor de coordinación antidemocrática.



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